Charla de la historiadora Teresa Vinyoles Vidal – del Archivo Histórico Archidiocesano de Tarragona, 2016– y fragmentos de su libro «Historia de las mujeres en la Cataluña medieval» , publicado en 2005 por Pagès Editors y Eumo Editorial . Sobre la situación de las mujeres en la Edad Media, y el declive de sus derechos con la feudalización de la sociedad. Una lectura asombrosa y muy interesante.
El libro se puede comprar aquí. La autora tiene publicados otros libros sobre el tema, como «Usos amorosos de las mujeres en la época medieval» . Es cofundadora del Centro de Investigación de Mujeres Duoda .
Introducción
«Porque, si somos mujeres, miremos al pasado a través de nuestras madres.»
(Virginia Woolf, 2003, 198)
Con este libro quisiera dar una visión sobre las presencias de las mujeres en la Cataluña medieval. Me gusta ponerlo en plural, ya que quisiera hacer un repaso de las actividades y saberes de las mujeres de grupos sociales muy diferentes, en un abanico temporal que va desde el siglo IX hasta el 1500. Señalaré ejemplos de mujeres concretas, que conoceremos por sus nombres; quisiera mencionarlas todas una a una por los nombres de pila; esto es imposible, pero valgan estos ejemplos para hacer memoria.
(…)
Creo que no es posible presentar brevemente una síntesis completa y coherente de la presencia femenina en los tiempos medievales, y no pretendo hacerlo. Sólo intentaré dar unas pinceladas sobre algunos aspectos de la vida de las mujeres de la época feudal, explicar estampas concretas de la vida de algunas, para captar otra cara de la historia. Esto debe permitirnos hacer visibles las prácticas de relación humana, me refiero a relaciones civilizatorias, no de poder ni de dominio.
A la exclusión a la que les ha sometido la cultura dominante, las mujeres medievales, y las de todas las épocas, han respondido de dos maneras: acatar y transmitir este modelo cultural, ya que a menudo es la única posibilidad de sobrevivir en el seno de la sociedad patriarcal; o crear una cultura paralela, con las estrategias propias de las culturas dominadas. En este sentido, creo que la principal estrategia pasa por crear lazos, es decir, buscar la genealogía perdida. Por eso les propongo hacer una nueva lectura de la historia. El método será el diálogo con el pasado, por medio de una selección de testimonios históricos que deben hacernos posible a nosotros, mujeres y hombres de hoy, este diálogo.
1. En los orígenes
Aunque los libros de historia se hace muy poco eco, la documentación de los siglos IX y X muestra una presencia femenina constante e interesante: campesinas, condesas, colonizadoras, madres, monjas… casi es imposible encontrar un pergamino o un texto copiado en un “cartoral*” en el que no se mencione a alguna mujer. Estas páginas quieren hacer visibles a estas mujeres, sacarlas del silencio y del anonimato en el que las ha sumido la historiografía y hacerlas entrar en la historia.
*Cartoral (palabra en Catalán): Recopilación de copias de documentos creados por una persona física o moral a la que iban dirigidos, como iglesias, municipios, hospitales, señoríos, universidades, etc.
La conquista de la tierra
Yo Ermengarda y mi hijo Otger y mis hijas Ermengarda y Eldefreda te vendemos […] una casa con corte y huerto, tierras cultivadas y baldías, todo lo que sacamos del páramo, conjuntamente con mi marido Senald, difunto, […] y todo lo que pudiera venirnos por aprisión o trabajo. (Diplomatario de Vic, documento 11, año 889)
En los orígenes, en los siglos IX y X, se produjo la conquista de la tierra. Ciertamente, fue más con las azadas y arados que con las espadas que se dominó la tierra. Bajo el control de los francos, campesinas y campesinos, mujeres y hombres conjuntamente rompieron, artigaron, arrebataron tierras en los bosques y los matorrales, cultivaron nuevos campos y plantaron viñedos adentrándose hasta los extremos más lejanos de la Marca con los sarracenos; algunos y algunas siguieron trabajando los campos de siempre, como lo habían hecho sus antepasados bajo los distintos controles políticos; otros provenían de familias repobladoras.
Los documentos reconocen esta tarea conjunta: hacen constar por escrito que las mujeres han participado en la roturación de la tierra, desde que era yerma, abandonada, improductiva; lo han trabajado, han plantado, han edificado; ellas estaban allí desde el comienzo, estaban en los orígenes. Como dice el texto de finales del siglo IX con el que iniciaba estas consideraciones sobre la conquista de la tierra, una madre, con su hijo y sus dos hijas, vendieron al obispo de Osona una casa y unas tierras en Terrades, cerca de Vic, que había sacado del páramo conjuntamente con su marido. Destacamos la palabra «conjuntamente», que señala la voluntad de mostrarse activa, partícipe de la colonización de la tierra; este «conjuntamente» representa que sobre la tierra, fruto del trabajo en común, tenían ambos derechos. Debemos remarcar que la vendedora hace constar que la propiedad de la tierra la tiene como fruto del trabajo: Ermengarda, como muchas mujeres de todos los tiempos, trabajaba la tierra.
(…)
Pero que una mujer sea líder no es nunca un hecho aislado, normalmente sólo es posible en un contexto en el que hay otras mujeres protagonistas de aquella historia de colonización y organización del territorio, como la citada madre repobladora Grima, entre muchas de otros.
La mayoría emprendía el camino de la colonización de nuevas tierras junto a sus maridos o hijos, pero también encontramos mujeres solas. Creemos que es interesante remarcar algún ejemplo en este sentido que nos reforzaría la idea de que ellas estaban bien presentes entre los pioneros: Melló, mujer, vende en Belasc y su esposa Virginia una villa con tierra situada en el Bages, que tenía por aprisión; la venta es de principios del siglo X y la villa limita al sur con el páramo; estamos en la frontera, en la primera línea de repoblación. Avizana fue una mujer que vivió a mediados del siglo X, campesina propietaria de varias piezas de tierra, algunas de las cuales las había comprado en el transcurso de su vida; en el testamento del año 975 no habla de hijos, ni de marido, ni de parientes, era una mujer sola que gozaba de pleno derecho de propiedad sobre la tierra en ese espacio inseguro de la Marca. La existencia de mujeres en condiciones similares puede rastrearse en los diferentes “cartorales” conservados de todo el país.
(…)
Parejas jóvenes, matrimonios con hijos, o mujeres solas, o con sus hijos, hacen artiga, arrancan la garriga, siegan o queman el sotobosque, para convertirlo en tierras de cultivo; siembran y plantan, construyen márgenes y cerrados, edifican sus casas. En los documentos de todos los rincones de la Catalunya Vella, y también de las marcas de los condados, encontramos documentada una importante presencia femenina; ciertamente, en la colonización nunca solemos encontrar hombres solos.
Las mujeres trabajaban y administraban las tierras que habían apresurado, que habían recibido en herencia, que habían comprado, que tenían conjuntamente con su marido o sus hijos, o bien las que tenían en régimen de establecimiento o de coplantación.
(…)
Avanzadas
(…)
Cierta gestión colectiva, al menos de algunos bienes como los prados, los bosques, las acequias, los molinos, el aprovechamiento de los “emprius*”, el reparto de tierras entre los repobladores, las asambleas o consejos de vecinos, en los que participan hombres y mujeres, son típicas de la primera colonización; denotan una estructura sociopolítica ligada a la vecindad y derivada de la estructura de familias, que eran verdaderas células básicas de la sociedad, y no hace falta insistir en que las mujeres eran el corazón de la familia
*Empriu (en catalán): Derecho comunal sobre bienes rústicos.
Ya hemos dicho antes que la colonización, la hacían la mayoría de veces parejas de campesinos que rompían la tierra, la sacaban del páramo, la hacían fructificar y la daban en herencia por igual a los hijos e hijas. Ellas trabajaban la tierra, la heredaban de sus padres, dirigían explotaciones autosuficientes. Algunas incluso a veces tomaban la iniciativa, por lo que figuran al frente de las pequeñas comunidades agrarias.
En Vallformosa (Rajadell, Bages) se celebraba un juicio en marzo de 977. Quien reclamaba sus derechos sobre las tierras era precisamente el conde de Barcelona Borrell II, que por medio de su representante llevaba a juicio a los habitantes del valle diente que todo lo que poseían en tierras, viñedos, edificios, matorrales y bosques lo tenían injustamente. Las pobladoras y los pobladores demostraron que la tierra era suya porque sus antepasados habían emigrado allí desde hacía mucho tiempo.
Son los nombres de los habitantes de dicho valle estos: Tudila, mujer, con sus herederos […] Argesinda con sus herederos […] Tructila, mujer, con sus herederos, Ranovigia, “deovota”, Gontes, mujer, con sus herederos, Hermessinda con su heredero.
En ella figuran estas mujeres conjuntamente con una treintena de hombres, uno de los cuales es sacerdote, y otros se mencionan con sus herederos. Ellos y ellas eran todas las cabezas de casa del valle, y remarcamos que había entre ellas una “deovota”, es decir, una mujer consagrada a Dios, pero que no hacía vida monástica, sino que vivía dentro de la pequeña comunidad de campesinos descendientes de los primeros repobladores en la frontera del Bages. Las demás mujeres que figuran con sus hijos podemos pensar que serían viudas o no, pero no sorprende que figuren como cabezas de familia. Lo que sí parece más sorprendente es que al frente de esa lista de habitantes que reclaman sus derechos, figure Tudila, mujer. A pesar de haber muchos hombres cabezas de casa e incluso sacerdote, ella figura al frente de la lista de habitantes. Pensamos que esto no es algo casual, sino que se le reconoce una cierta preeminencia dentro de la comunidad. Por último, los jueces reconocen la propiedad de Vallformosa y de su término a favor de Tudila, de sus vecinos y vecinas.
Nos encontramos ante el caso de unas tierras colonizadas, al menos una generación antes, de forma espontánea y colectiva por una comunidad campesina que no consta que esté bajo el dominio de ningún señor y que les fue reconocida legalmente la posesión de la tierra: «Dicho valle y sus términos deben ser de sus habitantes, o de alguna otra persona que posea bienes, y no de dicho señor, el conde de Borrell». Queda claro que los habitantes del valle eran libres, descendientes de los campesinos que habían emigrado para colonizar la tierra hacía más de treinta años, por lo que legalmente el valle era suyo, y la primera persona mencionada, que es también la primera firma, es una mujer. Podemos decir que a Tudila se le reconoce una preeminencia en la comunidad, se la reconocen tanto el conde como los jueces y sus vecinos.
No es un caso único, encontramos otras listas encabezadas por mujeres: Beró, mujer, Tutecas, Sibila, Blanderic y Reinulf vendían a Salomó y a su esposa Quintiló, una pieza de tierra en Gurb (Osona), que les había venido por aprisión o rotura, afronta con tierras propiedad de varias mujeres y de los compradores. Las mismas personas vendían a una mujer llamada Mirabella unos viñedos con árboles plantados que tenían por roturada, también en Gurb.
(…)
En el corazón de la familia
(…)
La numerosa documentación que nos ha quedado de los siglos IX al XII demuestra que esa sociedad valoraba positivamente a la mujer, que ella tenía una presencia activa; la esposa, la viuda, la madre son el corazón de la familia nuclear.
(…)
Como es de esperar en un momento de colonización y repoblación, de creación de estructuras políticas, económicas y sociales, la presencia femenina es constante en la producción agrícola y la gestión del patrimonio. Las mujeres son visibles y tienen cierta participación pública. El derecho vigente dejaba en manos de las mujeres casadas, al menos, la décima parte de los bienes del marido; se hace referencia a esta décima parte en la mayoría de actuaciones conjuntas de marido y esposa, en los testamentos, en las reclamaciones que las mujeres hacían de sus derechos. Por ejemplo, en una escritura del siglo X de venta de tierras en Moià (Bages), firman las mujeres de los vendedores diciendo que consienten en la venta por su décima parte. La viuda, de no volver a casarse, era usufructuaria vitalicia de los bienes y derechos del difunto marido; todos los hijos e hijas eran herederos y herederas de los bienes paternos y maternos, pero en vida de la madre debían actuar a su lado y con su consentimiento. Esto dio un gran protagonismo a las mujeres, no sólo durante los tiempos carolingios, sino también a lo largo de los siglos siguientes, mientras la ley, que los textos identifican como ley goda, estuvo vigente.
Se reconoce a la mujer la capacidad de gestionar y administrar el patrimonio, y colaborar en las tareas productivas. Ocupa el lugar del hombre, tanto si es un conde que gobierna, como un señor que administra castillos y justicia, como un campesino propietario de un alodio, que tiene una masía autosuficiente, o un campesino que planta viñas para otro: su mujer ocupa un sitio a su lado y puede tener la plena responsabilidad en su ausencia o después de su muerte.
A principios del siglo XI, no sólo encontramos una condesa, Ermesenda, que, a pesar de las dificultades, gobernaba, sino que a su lado había mujeres que tomaban iniciativas, que reclamaban sus derechos, que veían reconocida su labor. También encontramos mujeres que actuaban junto a los hombres a un nivel de relativa igualdad, esto tanto entre la nobleza como entre las campesinas. Las bases de esta presencia, debemos encontrarlas en el derecho que prevé el reparto equitativo de las tierras entre hijos e hijas, en la ley goda que establecía que parte de los bienes del marido pasaban a su esposa, y en la costumbre que quería que la viuda fuera usufructuaria de los bienes del difunto marido.
(…)
Con el triunfo de la sociedad feudal, cada vez eran más vulnerables a las violencias y las injusticias de todo tipo, que normalmente amenazan más a las mujeres que a los hombres; de todas formas, creo que ellas supieron aprovechar ciertos valores simbólicos de la sociedad feudal: reclamaban sus derechos, hacían oír su voz, querían que se les hiciera justicia. Pero la historia no nos muestra normalmente un progreso rectilíneo de la justicia ni de la libertad, y en los últimos siglos medievales los derechos, las voces y el papel de la mujer disminuyeron.
Volvemos al siglo XI. La mujer participaba de la gestión de los bienes familiares por la décima marital, obtenía su usufructo si permanecía viuda y como hija había recibido la parte que le correspondía de la hacienda paterna y materna. Tenemos muchísimos ejemplos, cojamos uno al azar: Una campesina de San Esteban de Palautordera (Vallès) que se llamaba Preciosa y sus dos hijos y sus tres hijas vendían un viñedo que había vendido a Preciosa por la décima, es decir, por los derechos que tenía cualquier mujer sobre los bienes del marido, ya los hijos e hijas por la herencia paterna; la herencia en principio se repartía en partes iguales entre todos los hijos e hijas o lo administraban en común.
(…)
La mujer casada podía administrar libremente sus bienes, los que le habían comprado o ganado; actuaba junto al marido por la parte que le correspondía de los bienes de éste en concepto de dote marital. También encontramos con mucha frecuencia compras comunes de tierras hechas por marido y esposa, y entonces, evidentemente, tenía su parte.
(…)
Derechos e injusticias
Sendeleva y Paerna, mujeres, juramos que nosotros testigos vimos con nuestros ojos y escuchamos con nuestras orejas, y que estábamos presentes, cuando Ermetruit yacía enferma en su cama. (Sucesión testada, documento 24, año 981)
Encontramos mujeres que juran como testigos, vemos a Sendeleva y Paterna junto a la cama de una moribunda y dando fe de su testamento oral; encontramos firmando como testigos en algunas escrituras; ciertamente no son muchos, pero su presencia nos señala tener capacidad jurídica para testificar en documentos acreditativos.
(…)
Encontramos a un número importante de mujeres que participan en transacciones económicas de todo tipo; otros que reclaman sus derechos ante los tribunales, lo que nos hace aseverar que la ley les reconocía estos derechos y que ellas eran conscientes de ello, disfrutaban y tenían la decisión de reclamarlos y la capacidad de actuar en juicio por sí mismas, estuvieran casadas o no. Por eso podemos hablar de una capacidad jurídica, de unos derechos y del coraje que ellas muestran al esgrimirlos para que se respeten sus bienes y razones. Con la misma fortuna o miseria, la mujer no es objeto de ninguna minusvaloración particular por parte de los hombres que le rodean en la vida cotidiana, y especialmente por parte del marido.
Pero, por otra parte, la presencia de mujeres frente a los tribunales denunciando injusticias y la cantidad de mujeres, especialmente viudas con hijos pequeños, que se ven obligadas a vender por precios irrisorios sus tierras, o a empeñar las propiedades a cambio de alimentos , nos hace pensar que sus derechos a menudo no se respetaban; sus quejas nos presentan torcidos e injusticias, miserias y violencias, a las que ciertamente todo el mundo estaba expuesto, pero las mujeres recibían con mayor frecuencia. Sin embargo, indiscutiblemente en los siglos posteriores, más que en los siglos X o XI, ellas fueron víctimas de las violencias: desde la consolidación de los poderes feudales, más que antes, especialmente las mujeres solas estaban expuestas a estas injusticias.
Hemos encontrado muy pocas referencias concretas a violencia doméstica en los documentos consultados de los siglos IX al XI. Las fuentes, al menos aparentemente, nos muestran una gran cohesión familiar, entre marido y esposa, entre generaciones, o entre hermanos; pero creo que el tema es lo suficientemente importante para hablar de ello. Y precisamente quiero hablar porque sólo tengo un par de referencias, mientras que en épocas posteriores las violencias contra las mujeres se multiplican, y desgraciadamente frecuentan en nuestro tiempo, hasta poder hacer pensar a alguien que son hechos más o menos normales y que esto ha ocurrido, y se ha tolerado, desde siempre. Rotundamente debemos decir que no es así.
Podemos asegurar que en la mentalidad de mil años atrás el hecho de que un marido matara a la mujer era un acto grave, una falta gravísima. La Iglesia del siglo X se refiere a usos ancestrales cuando considera que existe un pecado que tiene una penitencia irrevocable según la antigua costumbre: el homicidio de la mujer. Para quien ha llevado a cabo tan grave crimen, el penitencial de Burchard de Worms ofrecía dos posibilidades de perdón: o abandonar este miserable mundo, entrar en el convento; o si el penitente no aceptaba esta opción debía continuar soltero, renunciar a las actividades públicas ya los negocios, sólo podía comer carne tres veces al año, no podía entrar en la iglesia, debía quedarse en el pórtico, sólo podía comulgar en peligro de muerte.
2. El entorno feudal
El proceso de feudalización, que se precipitó a lo largo de los siglos XI y XII, fue un proceso violento, que generó un nuevo orden económico, social, político y jurídico, y que penetró hasta las entrañas de la sociedad, por lo que también se produjeron cambios en las mentalidades y en la estructura de la familia. Se constata una etapa en la que se observa una brillante presencia femenina, sobre todo el siglo XI y también el XII; después el estatus de las mujeres se va degradando. Mientras se inicia una etapa de expansión económica, política y militar, disminuye la presencia activa de las mujeres, en la documentación y en los textos jurídicos comprobamos que pierden derechos. Sin embargo, estos cambios serán más visibles después, ya que, en el seno de la sociedad plenamente feudal, basada en las relaciones personales, las mujeres a menudo supieron encontrar su lugar.
En este apartado conoceremos cómo se vieron afectadas las vidas de las mujeres, las señoras y las campesinas, las de la “Catalunya Vella” y las de la “Catalunya Nova”, a lo largo de los siglos feudales. De modo que haremos un breve recorrido por la Cataluña rural, desde el siglo XI hasta la revuelta de redención de finales del siglo XV, para buscar a las mujeres, tanto dentro de la clase privilegiada como entre las campesinas, a lo largo de aquellos quinientos años.
(…)
La familia feudal
En la época feudal hubo cambios que modificaron negativamente el estatus de las mujeres: las hijas, las esposas y las viudas perdieron derechos. Se estableció el heredero único como la forma más normal de transmitir el patrimonio, por lo que las hijas quedaban apartadas normalmente de la herencia si tenían un hermano varón. La mayoría de ellas, cuando llegaba la edad de casarse, salían del hogar que las había visto nacer y crecer para ir al hogar de su marido, con quien tampoco compartían los bienes. La dote marital, que garantizaba que la mujer fuera bien tratada, desapareció, y a partir de entonces fue la mujer quien aportaría una dote, que era administrada por el marido que recibía sus frutos, ya que debía servir para ayudar a sostener las cargas del matrimonio. La mujer pasaba a ser legalmente una carga, no una ayuda. Las viudas perdieron el usufructo vitalicio de los bienes del marido que les reconocía el derecho en época anterior. Si bien en las zonas rurales muchas veces se mantuvo la costumbre de que el heredero cuidara de los padres, de todas formas esto no protegía legalmente a todas las viudas, sólo las campesinas que tenían hijos herederos y que en el documento de heredamiento se dispusiera explícitamente la obligación de mantener a la madre, o si ella era usufructuaria por disposición testamentaria del marido o del hijo. Cuando no era así, las viudas se convertían en un colectivo empobrecido y muy vulnerable, a merced de la dote que habían aportado, que también sería aproximadamente un seguro de viudedad.
Todo esto fue evolutivo, pero imparable.
Aún encontramos en el siglo XII documentos de esponsalicio de corte antiguo, siguiendo la ley goda, es decir, que el novio todavía aportaba una dote, y lo encontramos dentro de un variado abanico social. Algunos documentos se redactan de forma similar a los que se encontraban en los siglos anteriores. Pero ya a lo largo del mismo siglo XII las cosas fueron cambiando, y sobre todo en los siglos siguientes se hace evidente y progresivo el cambio de costumbres, de modo que la mujer pierde derechos y ventajas, pierde prestigio social y consideración, tanto por parte de la ley, como del entorno y del marido.
(…)
Otra característica de la familia feudal es la institución del heredero único, que fue también un proceso evolutivo. Ya hemos dicho que en los siglos IX y X era normal repartir los bienes entre todos los hijos e hijas, después existe una mejoría de la herencia en favor de uno de los hijos, hasta que se generaliza la figura del heredero único, primero se impone entre la nobleza, después entre los campesinos.
(…)
Encontramos plenamente establecida la institución del heredero, costumbre feudal derivada de los linajes señoriales que querían conservar el patrimonio y el orgullo del patronímico que hizo que la sucesión fuera siempre por línea masculina única. Esta costumbre de la nobleza fue adoptada también en las clases populares campesinas, que en ocasiones, incluso en beneficio de los señores, mantenían unido el núcleo de la explotación agraria y el patrimonio.
(…)
Señoras y campesinas en el contexto de la revuelta de redención
(…)
Los derechos feudales se endurecieron más durante los siglos siguientes, de modo que, como hemos visto antes, estalló la revuelta de redención que se resolvió con la sentencia de Guadalupe arbitrada por el rey Fernando el Católico. Los abusos de los señores sobre los redentores quedan reflejados en la sentencia arbitral de Guadalupe, en la que se citan definidos abusos de género. Es decir, además de las servidumbres y malos usos a los que se veían sometidos todos los siervos de la gleba, hombres y mujeres, había algunos que afectaban sólo a las mujeres. Es decir, que dentro de su grupo ellas sufrían una presión señorial mayor, justificada sólo por cuestión de sexo. Ya hemos hablado de un control de la virginidad, lo vemos en la redención de chicas vírgenes. También existe uno de los seis malos usos que se refiere directamente al comportamiento de la mujer, la “cugucia”, que castigaba al adulterio femenino.
*Cugucia (en catalán): Derecho que percibía el señor feudal por el adulterio de la esposa del campesino redentor
Se detecta también un abuso del poder señorial obligando a algunas madres redentoras a amamantar al hijo del señor, en perjuicio de su propio hijo. Decreta la sentencia arbitral que el señor no pueda tomar por nodrizas para sus hijos u otras criaturas, las esposas de los campesinos redentores, con o sin paga, sin su voluntad. Algunas chicas se veían obligadas a servir a los señores y señoras, también algunos chicos, pero pienso que a este servicio personal y doméstico se veían más obligadas las chicas que los chicos, ellos trabajarían mayoritariamente las tierras del señor junto al padre.
Por último, la sentencia menciona el degradante derecho “de cuixa”, es decir, el derecho del señor a dormir la noche de bodas con la novia del campesino, del que ciertamente no tenemos documentado ningún ejemplo concreto, y que no sabemos si efectivamente se daba. Sin embargo, no era un derecho, ya que ninguna ley lo recoge como tal, sino en todo caso un abuso ilegal. No creemos que fuera habitual, ya que de una forma u otra habríamos encontrado algún ejemplo concreto. De todos modos, que los hombres poderosos abusen de las chicas de las clases inferiores ha sido y es tan «normal», que así como no podemos demostrar que fuera una costumbre arraigada, tampoco podemos negar que existiera la creencia de que tuvieran cierto derecho, y quizá en algún lugar aún se daba el ritual humillante que prohibiera la sentencia, es decir, que en señal de señoría, la noche de bodas, «una vez la esposa sea cubierta en la cama, tomar dicha mujer».
(…)
Hay en el destino trágico de esta mujer [María de Montpeller], y también de su madre, algo mágico. Son mujeres que rezuman en cierto modo aquel aliento altomedieval, cuando todavía los hombres veían en ellas algo divino y profético y ni despreciaban sus consejos ni despreciaban sus respuestas, como consta en la Germania de Tácito.
(…)
4. El marco urbano
Buscaremos ahora a las mujeres en las ciudades. En los últimos siglos medievales se produjo en toda Europa un importante renacimiento urbano, de manera que, aunque todavía la mayoría de la población vivía en el campo y de los frutos de la tierra, las ciudades y las villas vieron una importante afluencia de habitantes, y recibían de los monarcas privilegios que garantizaban la autogestión de unos servicios básicos y los derechos y libertades de los ciudadanos. Nos preguntamos, ¿qué derechos y libertades tuvieron las mujeres urbanas?
Este proceso no debemos verlo como contrario o contradictorio con la estructura feudal de la sociedad, sino como consecuencia. Los privilegios otorgados a los ciudadanos afectan a los contratos personales que regían aquella sociedad jerarquizada. Pero además aparece la mentalidad burguesa y los problemas propios de la vida urbana. Los excedentes producidos por el trabajo de la tierra y la expansión exterior crearon unas posibilidades de consumo que hicieron necesaria una producción artesanal. El comercio interior y exterior dieron paso a la aparición de mercados y mercaderes y al enriquecimiento de algunos sectores. ¿Qué papel se reserva a las mujeres en el artesanado, los gremios y los negocios? ¿Cómo afecta a la mentalidad burguesa en la percepción que se tenía de la mujer?
En Cataluña, la afluencia de campesinos a villas y ciudades se incrementó debido a la estructura de la familia feudal. La institución del heredero ahuyentaba de la masía a los caballeros, y también la presión cada vez más fuerte de los señores hacía que algunos campesinos salieran de la tierra para buscar un trabajo mejor y espacios de libertad en las ciudades privilegiadas.
(…)
Ciudadanía
El renacimiento urbano implica ciertas formas distintas de vida y costumbres y también un nuevo concepto de trabajo. Los mercaderes, los menestrales, los marineros y los banqueros fueron los protagonistas de la nueva historia social y económica, como lo fueron los campesinos y las campesinas, los caballeros, las damas y en cierta medida los monjes en los siglos anteriores. Cabe preguntarse, de entrada, qué papel reservó a las mujeres la sociedad urbana precapitalista, y ya podemos avanzar una conclusión: el cambio no benefició en absoluto a las mujeres. En la nueva sociedad no tenían otro protagonismo que el cuidado de la casa y de los hijos, mientras se infravaloraba su labor, incluso la maternidad. Fue vedado a las mujeres cualquier papel político en el regimiento de las instituciones urbanas, es decir, que mientras una señora feudal podía regir un castillo y un territorio, una burguesa nunca podía participar en la política municipal o gremial. Ellas carecían de acceso a los estudios reglados. Casi siempre era silenciada la presencia femenina en los estatus de los gremios, no les quedaba casi otra salida laboral que la alambrada, la costura, la elaboración del pan y el servicio doméstico. Sin embargo, encontramos mujeres letradas, y también algunas que dirigían obradores, otras que participaron del mundo de los negocios, y otras que practicaron la medicina. Podemos decir que todas las mujeres de todos los estamentos sociales trabajaban con sus manos, aunque la mayoría acabaron haciéndolo al margen de las instituciones gremiales.
(…)
5. Presencias insospechadas y marginales
(…)
Nuevas espiritualidades
(…)
Entre los movimientos heréticos, también tenemos documentado a un número importante de mujeres. Dentro del movimiento cátaro las mujeres tuvieron un papel especialmente relevante, ya que asistían a los concilios podían predicar y llegar al máximo grado dentro del ministerio, es decir, a ser «perfectas» y a administrar el sacramento o consolamentum. Por los cátaros las almas viajan dentro de los cuerpos hasta llegar, por sus obras, a un camino de perfección, y el sexo era un mero azar. Hubo mujeres de la nobleza pirenaica fuertemente vinculadas al movimiento cátaro como las de la casa de Castellbò.
A través de las crónicas de la Inquisición podemos ver que figuran más mujeres que hombres como penitentes que habían confesado, y que eran caídos en delito y crimen de herejía contra la fe católica. Así, por ejemplo, en Barcelona en la lista de penitentes que salió en los dominicanos de Santa Caterina en agosto de 1488, figuraban 33 hombres y 84 mujeres, que participaron en una tétrica procesión. Realmente la crónica del inquisidor nos muestra una vergüenza pública y una ostensible forma de señalar a las mujeres, y también a algunos hombres, que pensaban diferente a lo que pensaba la jerarquía eclesiástica. Se distinguía aquellas mujeres y aquellos hombres con un traje que les señalaba como confesos y arrepentidos de herejía, debían llevar aquella indumentaria durante todo un año.
(…)
Médicas, comadronas y brujas
No ignores que cuando uno está sano o enfermo, ellas sirven más diligentemente, y mejor y más limpiamente que hombres. (Bernat Médico, 1925, 149)
El ejercicio de la medicina había estado desde tiempos inmemoriales en manos de las mujeres. Con la reglamentación de los estudios generales, a los que no tenían acceso las mujeres, ellas no podían obtener el título de médicas. El primer Estudio General de Cataluña, el de Lérida, impartía enseñanza de medicina desde 1300, de todos modos, todavía en los últimos siglos medievales encontramos mujeres practicando la medicina: sanadoras, herbolarias, comadronas, hospitaleras e incluso médicas, con licencia real, que adquirían el permiso para curar después de una probada experiencia de actividad, digamos clandestina. Aún perduraba la vieja tradición de la transmisión de conocimientos médicos entre mujeres por vía oral; era un aprendizaje práctico y no reglado, por lo que resulta muy difícil seguir su rastro. Lo que parece cierto es que existía una medicina paralela a la que se enseñaba en las universidades. Esta medicina era practicada mayoritariamente por mujeres. Podemos ver un ejemplo concreto en un permiso real otorgado por el rey Juan I:
«Informado por testigos fidedignos, que vos Francesca, viuda de Berenguer Ça Torra, marinero de Barcelona, hace mucho tiempo que ejerce el oficio de obstetricia, y que ha pasado su vida administrando diversos medicamentos a mujeres preñadas, parteras y de otros, a bebés y niños, y también a otras personas que han recurrido a usted en sus dolores y enfermedades, y les ha dado remedios muy útiles y discretos a cada uno. Por la presente carta os concedimos, a usted dicha Francesca, licencia para que de manera lícita e impune, aunque no haya sido examinada sobre el arte de la medicina y la cirugía, pueda curar a cualquier mujer preñada, partera y otros, los niños y niñas y cualquier persona que acuda a usted buscando remedio y salud por sus dolores y enfermedades, y que administre los medicamentos según acostumbra.»
La principal actividad de estas sanadoras era la obstetricia, pero no la única, como queda bien claro en la carta real reconociendo a una mujer de los estamentos populares experimentada a administrar remedios para curar diferentes dolores y enfermedades. Sabemos de otras mujeres expertas, como una mujer de Sant Iscle de les Feixes (Barcelonés) recomendada por un notario para curar «el tumor de garganta». También encontramos mujeres judías experimentadas en las prácticas médicas, como Reginó, viuda del judío Bonjuà de Santa Coloma de Queralt, que fue médica de la reina Sibila; de la fama de sus remedios, se hace eco documentación muy diversa como, por ejemplo, una carta privada en la que se recomienda a una mujer uno de sus medicamentos; según se deduce del texto se intenta confeccionar alguna de sus recetas cuando Reginó ya debía de haber muerto.
Las reinas preferían a mujeres como médicas. María de Castilla, esposa de Alfonso el Magnánimo, que muy a menudo estaba enferma, recibía los cuidados de los médicos de la corte; pero a menudo hacía venir a alguna mujer que le habían recomendado, o que ella ya conocía porque la había atendido otras veces, para que la curara. Así, encontrándose en Tortosa en 1420, mandó venir a una médica de Barcelona, ya que le habían visitado los médicos y le habían informado sobre la imposibilidad de curarla.
(…)
Encontramos mujeres acusadas de brujería, a veces asociadas al calificativo de envenenadoras. Muchas eran sospechosas porque practicaban la medicina y tenían conocimientos de hierbas y plantas medicinales, o de otros productos de origen mineral o animal, y también de compuestos que servían para hacer aguas, ungüentos, polvos, por eso se las creía capaces de dar y tomar el amor y la vida.
(…)
Las ordenanzas del Vall d’Àneu, promulgadas por el conde Arnau Roger IV de Pallars bastantes años antes, en 1424, recogen la prohibición de la brujería, imponiendo en algunos casos la pena de muerte. La brujería se asociaba al culto al diablo, en forma del «chivo de Biterna», y los males que iban asociados: el infanticidio, la administración de venenos, maleficios o «ligamientos a hombre o mujer para perturbar matrimonio, de tal forma que el marido no pudiera tener cópula carnal con su esposa».
(…)
Conclusiones
Consciente de que la historia ha excluido tanto a las mujeres como a sus conocimientos, quisiera que estas páginas sirvieran de aportación para recuperar la experiencia vital de las mujeres. Quisiera insistir en tres aspectos: en primer lugar, la gran presencia femenina en nuestra documentación medieval, por medio de la cual vemos a muchas mujeres la autoridad, la libertad y la voluntad de dejar testimonio de su vida. Entonces debemos preguntarnos, ¿dónde están las mujeres en los libros que cuentan nuestra historia?
En segundo lugar, quisiera remarcar el papel que han desempeñado la transmisión de unos saberes que van más allá de la cultura dominante, que se mueven en un orden simbólico cuya lengua es una expresión.
Por último, quisiera insistir en que su principal papel a lo largo de la historia lo podemos encontrar en la práctica de relaciones humanas. Creo que podemos hablar como depositarias y transmisoras de otra cultura que se refiere a la procreación, la alimentación, la salud, el amor; son las especialistas en relaciones humanas que van más allá de las relaciones de poder.
Relacionado:
- El común catalán (libro)
- Privatización de la tierra en Europa, generación de escasez y separación entre producción y reproducción
- Campesinos sin señores